AFILIADOS OBLIGATORIOS / EMPLEADOS UNIVERSITARIOS:

Titulares Docentes y Nodocentes

Efectivo:

  • Aporte de ley: incluye la cobertura del titular y su grupo familiar primario.
  • Aporte P.E.P (Plan Especial de Prestaciones)
  • Ingresa sin carencias.
Contratado:

  • Aporte de ley: incluye la cobertura del titular y su grupo familiar primario.
  • Aporte P.E.P (Plan Especial de Prestaciones)
  • Ingresa sin carencias.

Familiares Beneficiarios

Grupo familiar primario:

  • El aporte realizado por el titular (efectivo o contratado) incluye a su grupo familiar primario. Cónyuge e hijos menores de 22 o menores de 26 si cursan estudios.
  • Aporte P.E.P (Plan Especial de Prestaciones) por cada integrante.
  • Ingresa sin carencias.
Hijo de cónyuge:

  • El aporte realizado por el titular (efectivo o contratado) incluye a hijo/s de cónyuge, cuando éstos sean menores de 22 o menores de 26 si cursan estudios y residan en el mismo domicilio.
  • Aporte P.E.P (Plan Especial de Prestaciones).
  • Ingresa sin carencias.

AFILIADOS ADHERENTES:

Jubilados de la UNRC

  • Incorporación Optativa
  • Aporte mensual: 9% de los haberes brutos jubilatorios (no inferior a cápita ASPURC) + P.E.P
  • Ingresa sin carencias

Hijos Adherentes de Titulares Activos, efectivos o contratados

  • Hijos mayores de 22 que no cursen estudios o mayores de 25 años.
  • Incorporación Optativa
  • Aporte mensual: cápita ASPURC + P.E.P
  • Realización de exámen médico

Nietos Adherentes de Titulares Activos, efectivos o contratados

  • Incorporación Optativa
  • Aporte mensual: cápita ASPURC + P.E.P
  • Realización de Examen Médico. Recién Nacidos: certificado de salud del pediatra.

(*) Los niños por nacer sólo podrán afiliarse luego de haber nacido, una vez presentado el certificado de salud del pediatra.

Agentes con Licencia sin Goce de Haberes

  • Equivalente al Aporte de ley que realizaba en actividad
  • Aporte P.E.P (Plan Especial de Prestaciones)
  • Presentar la Resolución de Licencia sin Goce de Haberes

Becarios

  • (Incorporaciones suspendidas – Res. 006/13)

Graduados Universitarios

  • (Incorporaciones suspendidas – Res. 006/13)

Padres de Titulares Efectivos

  • (Incorporaciones suspendidas – Res. 006/13)
img4c655f7039293Si su hijo cumplió los 22 años y sigue cursando estudios, para mantener la Obra Social debe presentar el Certificado de Alumno Regular dos veces por año, en los meses de ABRIL y SEPTIEMBRE. Cumpliendo este requisito regularmente, su hijo goza de cobertura hasta los 25 años inclusive. En caso de no presentarlo en los meses correspondientes, será dado de baja automáticamente, por lo que no tendrá cobertura de la Obra Social. En caso de no seguir cursando estudios, cuenta con la opción de incorporarlo como BENEFICIARIO ADHERENTE, para lo cual debe acercarse a las oficinas de ASPURC a fin de realizar los trámites correspondientes.

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Si su hijo está próximo a cumplir los 26 años o ha finalizado sus estudios y está interesado en permanecer como afiliado, cuenta con la opción de incorporarlo como BENEFICIARIO ADHERENTE, para lo cual debe acercarse a las oficinas de ASPURC a fin de realizar los trámites correspondientes. De no optar por esta condición, cumplidos los 26 años será dado de baja automáticamente.