La cobertura por Reintegro es aplicable a servicios sin convenio con la Obra Social. Sólo se reintegran prestaciones reconocidas por ASPURC y según valores establecidos.
TRAMITACIÓN
La documentación para reintegros puede presentarse por cualquiera de los siguientes canales:
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Vía ASPURC Online , ingresando con su usuario. Cargar datos y adjuntar foto de documentación.
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Vía mail (sólo imágenes legibles):
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Río Cuarto: reintegros@aspurc.org.ar
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Villa María: aspurc_vm@aspurc.org.ar
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Presentando documentación en oficinas Aspurc.
REQUISITOS GENERALES:
- Antigüedad de facturas permitida: Hasta 60 días desde la emisión.
- Cada mes se reintegrará lo presentado hasta el día 25 del mes anterior.
- Si no reside en la ciudad, puede tramitarlos Online o agrupar todas las solicitudes mensualmente en un sobre y enviarlas por correo postal, antes del día 25.
- El reintegro tendrá como prioridad automática la cancelación de saldos de Cuenta Corriente, si los hubiera.
- El pago del reintegro se hará efectivo entre los días 15 y 25 de cada mes, mediante depósito bancario.
- Se reintegrarán los porcentajes habituales calculados sobre valores Aspurc.
- Reintegros de coseguros de otras Obras Sociales:
- Prestaciones: se reintegrará a valores habituales Aspurc sobre el coseguro abonado.
- Medicamentos: 65% del coseguro abonado. Jubilados PAMI y APROSS, el reintegro será del 85% del coseguro abonado.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR según tipo de Reintegro >>