Las compras en otras Ópticas de la ciudad se reconocen vía REINTEGRO.

 

DOCUMENTACION A PRESENTAR:
  • Indicación médica.
  • Factura o recibo original con nombre y DNI del paciente, fecha y monto. Vigencia: hasta 2 (dos) meses.
    • Lentes de contacto convencionales: adjuntar 2 (dos) presupuestos.

RIO CUARTO

Enviar a reintegros@aspurc.org.ar  o depositar en el Buzón ubicado en el pasillo de Aspurc.

VILLA MARIA

Enviar a aspurc_vm@aspurc.org.ar

COBERTURAS

LENTES AEREOS RECETADOS: 40% del valor ASPURC.

ARMAZONES: 50% del valor ASPURC.

  • Límite de cobertura: hasta 2 (dos) anteojos por año.

LENTES BAJA VISION: 60% del monto equivalente a un par de cristales progresivos orgánicos, cotizados en Óptica ASPURC al momento de solicitud del reintegro. (Incluye cristales y armazón)

  • Límite de cobertura: sujeto a autorización.

ANTEOJOS DE SOL CON CRISTALES RECETADOS: 40% del valor ASPURC en los cristales. Armazón sin cobertura.

  • Límite de cobertura: hasta 1 (un) par de cristales por año.

 

LENTES DE CONTACTO CONVENCIONALES: 50% del valor menor presupuestado.

  • Límite de cobertura: hasta 2 (dos) pares de lentes. Por reposición anterior al límite establecido, se reconocerá el 50% de la cobertura habitual.

LENTES DE CONTACTO DESCARTABLES: Cobertura del 20% del valor ASPURC.

  • Límite de cobertura:
    • Lentes de utilidad bimestral: hasta 2 cajas por año (6 pares de lentes).
    • Lentes de utilidad quincenal: hasta 8 cajas por año (24 pares de lentes)