Las compras en otras Ópticas de la ciudad se reconocen vía REINTEGRO.
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
- Indicación médica.
- Factura o recibo original con nombre y DNI del paciente, fecha y monto. Vigencia: hasta 2 (dos) meses.
- Lentes de contacto convencionales: adjuntar 2 (dos) presupuestos.
RIO CUARTO
Enviar a reintegros@aspurc.org.ar o depositar en el Buzón ubicado en el pasillo de Aspurc.
VILLA MARIA
Enviar a aspurc_vm@aspurc.org.ar
COBERTURAS
LENTES AEREOS RECETADOS: 40% del valor ASPURC.
ARMAZONES: 50% del valor ASPURC.
- Límite de cobertura: hasta 2 (dos) anteojos por año.
LENTES BAJA VISION: 60% del monto equivalente a un par de cristales progresivos orgánicos, cotizados en Óptica ASPURC al momento de solicitud del reintegro. (Incluye cristales y armazón)
- Límite de cobertura: sujeto a autorización.
ANTEOJOS DE SOL CON CRISTALES RECETADOS: 40% del valor ASPURC en los cristales. Armazón sin cobertura.
- Límite de cobertura: hasta 1 (un) par de cristales por año.
LENTES DE CONTACTO CONVENCIONALES: 50% del valor menor presupuestado.
- Límite de cobertura: hasta 2 (dos) pares de lentes. Por reposición anterior al límite establecido, se reconocerá el 50% de la cobertura habitual.
LENTES DE CONTACTO DESCARTABLES: Cobertura del 20% del valor ASPURC.
- Límite de cobertura:
- Lentes de utilidad bimestral: hasta 2 cajas por año (6 pares de lentes).
- Lentes de utilidad quincenal: hasta 8 cajas por año (24 pares de lentes)