Hasta 40 sesiones anuales, con la siguiente cobertura:
30 sesiones |
70% de cobertura |
5 sesiones siguientes |
50% de cobertura |
5 sesiones subsiguientes |
30% de cobertura |
Profesionales asociados al Colegio de Kinesiólogos de la Prov. de Córdoba. Consultar en Nómina de Prestadores>>
Se autorizan sesiones mensuales con la presentación de la indicación de un profesional médico (clínico, pediatra, traumatólogo, etc), consignando el diagnóstico y la cantidad de sesiones mensuales requeridas. Ver modalidad Autorización Online>>
* Cuando exista patología orgánica certificada que requiera continuación de tratamiento, se deberá presentar en Auditoria Médica pedido e informe del profesional tratante para su evaluación.
Profesionales sin convenio con la Obra Social: cobertura vía reintegro según valores ASPURC. Debe presentarse en Atención al Público la factura, detallando la cantidad de sesiones mensuales realizadas. Consultar requisitos de presentación en Reintegros>>.