Hasta 40 sesiones anuales, con la siguiente cobertura:

30 sesiones

70% de cobertura

5 sesiones siguientes

50% de cobertura

5 sesiones subsiguientes

30% de cobertura

Profesionales asociados al Colegio de Kinesiólogos de la Prov. de Córdoba. Consultar en Nómina de Prestadores>>

Se autorizan sesiones mensuales con la presentación de la indicación de un profesional médico (clínico, pediatra, traumatólogo, etc), consignando el diagnóstico y la cantidad de sesiones mensuales requeridas. Ver modalidad Autorización Online>>

* Cuando exista patología orgánica certificada que requiera continuación de tratamiento, se deberá presentar en Auditoria Médica pedido e informe del profesional tratante para su evaluación.

Profesionales sin convenio con la Obra Social: cobertura vía reintegro según valores ASPURC. Debe presentarse en Atención al Público la factura, detallando la cantidad de sesiones mensuales realizadas. Consultar requisitos de presentación en Reintegros>>.