Hasta 38 sesiones anuales con la siguiente cobertura:
23 sesiones |
80% |
15 sesiones siguientes |
50% |
Profesionales prestadores: Consultar en Nómina de Prestadores>>
Se autorizan sesiones mensuales con la presentación de la indicación del profesional.
Profesionales sin convenio con la Obra Social: cobertura vía reintegro según valores ASPURC. Debe presentarse en Atención al Público la factura, detallando la cantidad de sesiones realizadas. Consultar requisitos de presentación en Reintegros>>.